Pensión compensatoria de por vida por la edad de la mujer

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El Tribunal Supremo tiene en cuenta la edad de la mujer y elimina la temporalidad que estableció el juzgado anterior.

Caso: mujer de 61 años que, en su proceso de divorcio, consigue una pensión compensatoria por un plazo de 4 años.

Pensión compensatoria es la que se suele poner a un cónyuge con cargo al otro, dada la ausencia o escasez de ingresos. En palabras técnicas, se fija la misma para evitar el desequilibrio económico entre las partes tras el divorcio.

En el caso comentado, la mujer recurrió dicha decisión, entendiendo que, a su edad, era imposible integrarse al mundo laboral dada su edad. ¿Podría encontrar trabajo remunerado? Sí. ¿Es probable que lo haga? No, dada su edad. Y así lo entendió en TS en sentencia de 3 de marzo de 2.022: “la edad que tiene no juega a su favor, sino en su contra”; “Lo relevante no es, como dice la Audiencia, que por su edad pueda desarrollar un trabajo remunerado, lo que nadie niega, sino que, precisamente por ella, pueda encontrarlo”.

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